MAYOR PARTICIPACIÓN FEMEMINA FUE EL PRINCIPAL ASPECTO QUE CONSIDERÓ LA REFORMA A ESTATUTOS DE LA FMC

Con éxito finalizó el proceso de votaciones para aprobar la reforma a los estatutos de la Federación Minera de Chile, las que se realizaron en forma simultánea en las ciudades de Iquique, Antofagasta y Santiago en notarías asignadas para tal efecto, donde acudieron los representantes de los sindicatos asociados a la FMC para realizar el sufragio, según consta el documento oficial.

La principal modificación al reglamento estuvo marcada por una modificación al art. 13 en el que se anexaron dos incisos finales acerca de la participación de la mujer al ámbito sindical. Esto debido a que, según la Reforma Laboral, la incorporación del factor femenino hoy es considerada como obligación dentro la Ley 20.940 la cual añade cláusulas de género que buscan contribuir a la inclusión de mujeres a los directorios de los sindicatos.

La importancia de este acto radica en que los sindicatos son espacios tradicional e históricamente masculinos en los cuales su esencia es luchar por los derechos de “los trabajadores”, segregando de alguna manera el rol femenino, otorgándole labores de secretaria mayoritariamente con un 27,1% versus un 21,2 % que se desempeñan en el cargo de presidente, según datos del Ministerio de Minería.

Por otro lado, como lo estipula el mandato, la participación sindical femenina exige que al menos una mujer forme parte de la comisión negociadora y en el caso que no se aplique la regla de cuota podrá negociar acuerdos para la conciliación del trabajo con las responsabilidades familiares y el ejercicio de la corresponsabilidad parental. Para esto, también se estableció la posibilidad de que las empresas acuerden con los sindicatos sistemas de jornada que permita coordinar trabajo presencial y fuera de él, fomentando dicha correponsabilidad tanto para hombres como para mujeres.

Lo anterior toma sustento a través del Decálogo de la industria minera por la incorporación de mujeres y la conciliación de la vida laboral, familiar y personal consensuado por la Mesa Nacional Buenas Prácticas Laborales con Equidad, del Ministerio de Minería, el cual plantea en el punto cuatro lo siguiente: “Promover la inserción femenina en la dirigencia sindical fomentando el liderazgo en trabajadoras, por medio de la entrega de herramientas que les permita participar en igualdad de condiciones respecto de los hombres”

Este punto tiene real importancia, considerando que en Chile la inserción de las mujeres al mercado del trabajo es relativamente tardía y una de las más bajas de América Latina. Por otro lado, ya es de conocimiento público que las mujeres se concentran en empleos de menor calificación y remuneración, manteniendo una brecha de 15% con respecto a los hombres en el mismo cargo y antigüedad.

Hay que destacar que, desde el 2014 no se realizaban cambios a los Estatutos y en los cuales se reformularon otros incisos que tienen relación directa con las funciones de los directores y sus atribuciones, destacando la conformación de una Comisión Revisora de Cuentas, constituida por 5 miembros de entre los directores de los sindicatos bases. Asimismo, se acordó que no se admitirá la postulación a la reelección de dirigentes que a la fecha de la votación no cuenten con la calidad de director de un Sindicato base con derecho a fuero laboral.

Las gestiones para realizar los cambios al instrumento regulatorio, comenzaron en una doble jornada de asambleas efectuadas en la sede del Sindicato de Trabajadores de Minera Zaldívar, los días 14 y 15 de noviembre, donde se congregaron representantes de los directorios de 10 sindicatos asociados a la Federación, en conjunto con el Presidente de ésta Gustavo Tapia Campos y el Asesor Jurídico de la FMC, Raúl Osorio Hevia, quienes procedieron a constituir el organismo calificador de las elecciones que será el encargado de supervisar, certificar y coordinar el proceso de votaciones, conformado por los dirigentes, Sergio Romero (Zona I), Hernán Barañado (Zona II), José Zambra (Zona III) y Héctor Villanueva (Zona III).

Fuente: Federación Minera