El lunes un trabajador contratista que realizaba trabajos en altura , fue encontrado ahorcado con la cuerda de cola del arnés. Mientras este miércoles, otro trabajador falleció electrocutado mientras realizaba labores al interior de la planta fotovoltaica en Sierra Gorda.

 Frente  a dos nuevos accidentes fatales en el sector minero, ocurridos en los últimos días, la Federación Minera de Chile reiteró la urgencia para que nuestro país ratifique el Convenio 176 sobre seguridad y salud en el trabajo minero.

El primer trabajador fallecido, se registró el lunes cuando Wladimir Zapata Sanhueza de 26 años, de la empresa contratista Salfa, murió por causas que se investigan, mientras realizaba trabajos en altura en la fundición Potrerillos de Codelco. El otro accidente fatal ocurrió este miércoles , cuando el trabajador de la empresa ABB , Francisco Olivares Villena de 28 años de edad, falleció electrocutado mientras realizaba labores al interior de la planta fotovoltaica Bolero de EDF, en las cercanías de Sierra Gorda.

Ante estos lamentables hechos , Ronald Salcedo, secretario general de la Federación Minera de Chile indicó que “es hora de decir basta, no podemos seguir permitiendo la muerte de compañeros de trabajo. Acá urge que el estado chileno ratifique a la brevedad el Convenio 176 de la OIT, ya que entrega a los trabajadores facultades para evaluar y ponderar las situaciones riesgosas, procurando  salvaguardar  sus vidas”.

“En ese sentido, junto con entregar nuestras condolencias a la familia y compañeros de trabajo de Wladimir Zapata y Francisco Olivares queremos emplazar al gobierno para que se agilice la tramitación en el Congreso de este instrumento internacional, dado que las actuales condiciones en que se desarrolla el trabajo minero , no entregan seguridad para la vida de los trabajadores, ya que las empresas continúan privilegiando la producción por sobre la seguridad” , agregó.

El secretario de la FMC, señaló además que “es importante el trabajo conjunto que podamos realizar con otras organizaciones sindicales del ámbito minero, donde existe preocupación constante por las altas cifras de trabajadores fallecidos. Además , creemos que es la única forma que a futuro se pueda establecer responsabilidad de las empresas frente a las fatalidades, con sanciones penales , civiles o administrativas”.

“Como Federación Minera de Chile, terminamos un exitoso ciclo de formación de dirigentes sindicales a nivel nacional, por lo que ahora esperamos reunirnos con otras organizaciones sindicales superiores para elaborar un proyecto en común , y posteriormente  reuniones con los parlamentarios de regiones, para finalizar con la presentación del documento final al gobierno”, concluyó.

El Convenio 176 sobre seguridad y salud en las minas (1995 OIT) , consagra un derecho elemental en su Artículo 13. 1., el cual dice relación con que la legislación nacional a la que se refiere el artículo 4 , deberá conferir a los trabajadores el derecho a : (e) retirarse de cualquier sector de la mina cuando haya motivos razonablemente fundados para pensar que la situación presenta un peligro grave para su seguridad o salud”.